Convocante: AC/E, Acción Cultural Española
Dotación: hasta un máximo de 15.000 € por ayuda
Modo de presentación: formulario
Plazo de admisión: hasta el 31 de marzo de 2016

Las ayudas a la Movilidad, tiene como objetivo apoyar la capacidad del sector cultural y sus industrias creativas para operar a nivel internacional, promoviendo la circulación y movilidad de obras, producciones, artistas, creadores, agentes y profesionales culturales y creativos. Incentivan a las entidades e instituciones extranjeras de referencia para que programen en el exterior a artistas, profesionales y creadores culturales españoles. De este modo aumentan su visibilidad, movilidad y reconocimiento internacional.

BASES DE PICE / MOVILIDAD / CONVOCATORIA MARZO 2016
1. Objeto de las ayudas
1.1. El objeto principal del Programa de la sociedad estatal Acción Cultural Española (AC/E) para la Internacionalización de la Cultura Española (PICE), en su modalidad de Movilidad, es incentivar la capacidad del sector cultural español y sus industrias creativas para operar a nivel internacional, promoviendo la circulación y movilidad exterior de obras, producciones, artistas, creadores, agentes y profesionales culturales y creativos desde España, a instancias de entidades e instituciones culturales internacionales.
1.2. El Programa tiene como objetivo incentivar a las entidades e instituciones extranjeras de interés en el ámbito cultural -tanto públicas como privadas-, para que programen en el exterior a artistas, profesionales y creadores culturales españoles o residentes en España para aumentar la visibilidad, movilidad y reconocimiento internacionales de éstos, preferentemente aquellos de carácter emergente o en un estadio medio de sus carreras con necesidad de proyección exterior.
1.3. El Programa incentiva con sus ayudas la internacionalización del sector creativo y cultural español, fomentando su circulación transnacional a través de la presencia de sus creadores y profesionales en actividades culturales internacionales, generadas y promovidas por dichas entidades e instituciones culturales extranjeras mediante su programación en eventos, festivales, exposiciones, itinerancias, etc. en el exterior.
1.4. El Programa excluye de su campo de actuación proyectos referidos a presencia en seminarios, conferencias, reuniones y encuentros específicamente académicos celebrados en el exterior.
1.5. Para las la difusión de este programa de ayudas, Acción Cultural Española podrá contar con la colaboración de los organismos culturales especializados de la Secretaría de Estado de Cultura, del Instituto Cervantes y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y de sus respectivas redes en el exterior.
2. Plazo y presentación y de solicitudes
2.1. Las ayudas pueden solicitarse exclusivamente por entidades e instituciones culturales extranjera, en dos plazos anuales de presentación de solicitudes: entre el día 1 de marzo del año en curso a las 00.00 (GM+1) hasta las 24.00 horas (GMT+1) del 31 de marzo del mismo año y entre el día 1 de septiembre del año en curso a las 00.00 (GM+1) hasta las 24.00 horas (GMT+1) del 30 de septiembre del mismo año (desde la convocatoria de septiembre 2016, cambian definitivamente las fechas para las convocatorias subsiguientes. Ver FAQs*).
2.2. Sólo se aceptarán solicitudes en castellano o en inglés, que estén debidamente cumplimentadas en la aplicación informática (online) en la zona restringida de la web de AC/E www.accioncultural.es
2.3. No se considerarán solicitudes incompletas, y serán rechazadas aquellas que no cumplan con los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria.
2.4. El acceso (online) al formulario de solicitud en la aplicación informática se hará durante el plazo referido en el punto 2.1 a través de la página web de AC/E. Para acceder a la aplicación informática del PICE el candidato deberá validarse como usuario registrado (mediante usuario/login y clave/password).
2.5. Cada solicitud deberá ser presentada a una única área cultural: artes escénicas (teatro, danza); artes visuales (inclusive arquitectura y diseño); cine (inclusive documental); literatura y libro (inclusive ilustración); y, música.
2.6. Las ayudas podrán imputarse a las siguientes partidas relativas a la participación española en el evento objeto de la ayuda concedida:
• gastos de transporte internacional y desplazamiento interno;
• gastos de alojamiento y manutención;
• gastos de la pre-producción o producción de la actividad y otros relacionados justificables
(difusión, publicidad, honorarios, etc.).
2.7. Las entidades e instituciones extranjeras solicitantes podrán recabar información adicional o complementaria y clarificar cualquier duda respecto a las ayudas en las siguientes direcciones:
Artes escénicas: artesescenicas@accioncultural.es
Artes visuales (más arquitectura y diseño): artesvisuales@accioncultural.es Cine (más documental): cine@accioncultural.es
Literatura y libro (más ilustración): literatura@accioncultural.es
Música: musica@accioncultural.es
2.8. De acuerdo con el Plan de Actuación AC/E en Asia-Pacífico para 2016 se darán prioridad a los proyectos presentados por entidades culturales pertenecientes a los siguientes países: Australia, Bangladesh, China, Filipinas, India, Indonesia, Japón, Corea del Sur, Malasia, Nueva Zelanda, Paquistán, Singapur, Tailandia, Vietnam.

3. Requisitos de las solicitudes
3.1. Las candidaturas de artistas, profesionales y creadores españoles para participar en las ayudas de movilidad del PICE únicamente podrán ser solicitadas a propuesta de entidades e instituciones culturales extranjeras. No se admitirán propuestas de otro tipo de instituciones ni de personas físicas.
3.2. Se considerarán preferentemente las solicitudes que no hayan pedido ayuda para proyectos en el marco de las ediciones del PICE/ Movilidad de los dos años anteriores.
3.3. Los proyectos de actividad propuestos deberán contar por parte del solicitante con un compromiso de cofinanciación equivalente como mínimo al 50% de la actividad para la que se solicita la ayuda. En cualquier caso, cada solicitud de ayuda a AC/E no podrá superar los quince mil euros (15.000€).
3.4. Las solicitantes deben confirmar de forma expresa este compromiso de cofinanciación para que sus solicitudes puedan ser tomadas en consideración
4. Evaluación de solicitudes y adjudicación de las ayudas
4.1. La adjudicación de las ayudas por AC/E se efectúa tras un procedimiento concurrencial en que la evaluación de las solicitudes de actividades y candidatos propuestos será realizada por el comité externo de asesores, independientes y de reconocido prestigio, designado para cada área cultural por AC/E, en función de la calidad e interés del programa de actividad propuesto.
4.2. En lo referente al PERFIL DE LA ENTIDAD O INSTITUCIÓN SOLICITANTE exterior se valorará:
• que se trate de una entidad o institución extranjera, pública o privada, relevante culturalmente ensupaísdeorigenoconproyeccióninternacional;
• que la entidad o institución extranjera disponga de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades propuestas objeto de las ayudas y para garantizar el cumplimiento de las bases que regulan las mismas.
4.3. En cuanto al PERFIL DEL PROYECTO DE ACTIVIDAD SOLICITADA, se valorará:
• que se trate de una actividad en el marco de un proyecto general de carácter viable y con continuidad en el tiempo;
• que sea preferentemente una actividad que tenga su origen en un proyecto de actividad aprobado con anterioridad en la modalidad de visitantes del PICE;
• que el proyecto ayude a consolidar la presencia del profesional o creativo español en el panorama internacional;
• que se trate preferiblemente de un proyecto que no reciba otras ayudas públicas españolas para partidas idénticas.
4.4. El plazo de resolución para la concesión de las ayudas será de veinte (20) días – para la convocatoria de marzo 2016- a partir de la fecha de cierre de recepción de solicitudes.
4.5. La relación provisional de entidades o instituciones extranjeras beneficiarias de las ayudas se publicará en la web en la web, finalizado el plazo de resolución de las ayudas.
4.6. Los referidos beneficiarios deberán aceptar la ayuda concedida a través de la aplicación informática en el plazo de cinco (5) días –para la convocatoria de marzo 2016- a partir de la publicación de la relación provisional de resultados en la web de AC/E. Esta aceptación implica que se comprometen a aceptar estas bases de la convocatoria y cumplir con las obligaciones derivadas de las mismas.
4 . 7 . Se entenderá que el beneficiario desiste de su petición de ayuda de no recibirse dicha aceptación dentro del mencionado plazo de 5 días, tras el cual se publicará –para la convocatoria de septiembre 2016- en la web de AC/E al día siguiente (si laborable) la relación final y definitiva de beneficiarios. (…)

Bases completas y más información
Imagen de portada: «ARGYLE HOUSE-DAZZLE PROJECT» proyecto de Ismael Teira en Edimburgo con el soporte de AC/E