Convocante: Regidoria de Cultura del Ayuntamiento de Mislata
Dotación: 15.000 euros en total
Modo de presentación: a través de e-mail
Plazo de admisión: hasta el 28 de septiembre de 2018

La Biennal de Mislata Miquel Navarro es una iniciativa de la Regidoria de Cultura del Ayuntamiento de Mislata que surge para apoyar la creación artística contemporánea dando continuidad al trabajo realizado durante el período 1985-2008 a través de las Bienales de Escultura y Pintura “Vila de Mislata”.

En su primera edición, en el año 2016, la organización concede a modo de homenaje el nombre de la iniciativa al artista nacido y residente en Mislata, Miquel Navarro.

La Biennal de Mislata Miquel Navarro convoca públicamente bases abiertas a todos los y las artistas que deseen participar, sin distinguir edad, sexo, origen o residencia. Los años pares, la convocatoria está dirigida a proyectos de intervención en el espacio público con carácter relacional. Los impares, se promueve la adquisición de obra para colección de la institución estableciendo como eje temático el compromiso social en las artes visuales. En ambas convocatorias se prevé la publicación de un catálogo.

La Biennal asume el código de buenas prácticas artísticas ofreciéndose como un apoyo, servicio, plataforma y espacio de creación a disposición de los y las artistas.

BIENNAL DE MISLATA MIQUEL NAVARRO
CONVOCATORIA: PREMIOS DE ARTE PÚBLICO MISLATA 2018.
1. OBJETO
1.1. Las presentes Bases tienen por objeto regular el proceso de selección y concesión de los premios y ayudas a las y los artistas que deseen participar en la convocatoria Premios de Arte Público Mislata 2018.
1.2. Es finalidad de la presente convocatoria favorecer, ayudar y promocionar el trabajo de aquellas y aquellos artistas visuales en activo, dando cabida a todo tipo de propuestas innovadoras y representativas de las últimas tendencias artísticas.
1.3. La convocatoria Premios de Arte Público Mislata 2018 tiene como propósito:
a) Producir y exponer un máximo de diez obras en el espacio público del municipio
de Mislata.
b) Realizar una publicación que recoja las diez obras seleccionadas.
1.4. La publicación de las presentes Bases se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones.

2. RÉGIMEN DE CONCESIÓN.
Los Premios de Arte Público Mislata 2018, incluyen diez premios de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

3.- MARCO NORMATIVO
3.1. Los premios y ayudas de la convocatoria de los Premios de Arte Público Mislata 2018 se concederán en concepto de subvención y se regirán por estas Bases, por la Ley de Haciendas Locales, por la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2018 y por la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata.
3.2. Los premios y ayudas concedidos mediante esta convocatoria no precisan de su notificación a la Comunidad Europea.

4.- CUANTÍA, FINANCIACIÓN, PAGO Y JUSTIFICACIÓN
4.1. La dotación presupuestaria adscrita al pago de los premios y ayudas de los Premios de Arte Público Mislata 2018 asciende a 15.000 € y se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.481 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2018.
4.2. La cuantía de cada premio será de 1.500 € y será abonada al 50% en dos pagos mediante transferencia bancaria con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.481 del presupuesto del Ejercicio Económico 2018. El primero, se efectuará una vez hecha pública la resolución de la convocatoria, y el segundo, tras la ejecución e instalación del proyecto.
4.3. A los premios y ayudas que las/los galardonadas/os y participantes percibirán, respectivamente, se aplicará la retención legal fiscal vigente.
4.4. Las/los beneficiarias/os de los premios y ayudas deberán presentar certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Mislata. Asimismo deberán cumplimentar la ficha de alta de terceros.
4.5. La justificación de la concesión de los premios y ayudas se considerará realizada en la fecha de inauguración de la exposición que se detalla en la base 16.2, de esta convocatoria.
5.-PUBLICIDAD
Se dará publicidad de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8. de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en la web municipal www.mislata.es.

6.-PARTICIPANTES
6.1. Podrán participar las personas físicas y jurídicas, mayores de edad, sin límite de la misma, de cualquier nacionalidad o lugar de residencia.
6.2. La participación podrá efectuarse de forma individual o colectiva, siempre que los y las participantes cumplan el requisito que se detalla en el apartado 6.1.
6.3. Serán excluidos aquellos proyectos que, tanto a título individual como colectivo, sean elevados por aquellos o aquellas artistas que resultaron ganadores tanto en la convocatoria de los Premios de Arte Público Mislata, 2016, como en la convocatoria de los Premios Adquisición Compromiso Social en las Artes Visuales de 2017, de las Bienales de Mislata “Miquel Navarro”.
6.4. Cada participante, grupo o colectivo que desee concurrir en la convocatoria podrá presentar únicamente un proyecto. El envío de más de una solicitud por
persona física, jurídica o agrupación para presentar diferentes obras, o el envío de solicitudes de diferentes personas que presenten más de una obra, serán consideradas causa suficiente para la exclusión de dichas solicitudes.

7. CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PROYECTOS PRESENTADOS Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
7.1 Los Premios de Arte Público Mislata 2018 tendrán especial atención por aquellos proyectos presentados basados en la intervención en el espacio público teniendo en cuenta en su planteamiento la ciudad y sus habitantes, que sean generadores de situaciones que favorezcan la convivencia entre personas y que inviten a crear nuevos modelos de espacio público. Se valorará además que dicho planteamiento provoque nuevas relaciones basadas en la igualdad de género, la diversidad sexual, cultural, la ecología, la historia local y el respeto por el patrimonio.
La Biennal de Mislata “Miquel Navarro” toma su denominación en calidad de homenaje al célebre artista de Mislata, mas las obras presentadas mantendrán su independencia en cuanto a estilo e investigación respecto de la producción del artista homenajeado.
7.2.- El formato de las obras es libre pero éstas deberán considerar su perdurabilidad en la vía pública durante todo el período de exhibición de la Biennal y asegurar no provocar ningún peligro para el espacio y las personas que transitan en él.
7.3.- Los y las participantes podrán priorizar el espacio en el que llevar a cabo la intervención a partir de la documentación contenida en el Anexo II de la presente convocatoria, pero la ubicación final se decidirá en consenso con la comisaria de la presente edición.
7.4. La dotación económica de cada premio incluirá todos los gastos que pudieran derivarse en concepto de honorarios, producción, transporte, montaje, desmontaje y cesión de derechos de reproducción de la obra.
7.5. El Ayuntamiento de Mislata, colaborará con los correspondientes servicios de limpieza del espacio público y de documentación fotográfica de las obras que resulten premiadas.
7.6. De acuerdo con las características de los proyectos presentados, las y los participantes podrán priorizar el espacio para ejecutar la intervención sin que ello condicione el lugar que definitivamente les sea asignado
7.7. Los y las artistas cuyos proyectos resulten premiados asumirán el compromiso y la responsabilidad de ejecutar y disponer los medios para la instalación de los mismos en el espacio público que definitivamente les fuera asignado. En las fechas previstas en los apartados 16.1, 16.2 y 19 de estas bases.

8.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
8.1. La presentación de solicitudes deberá ajustarse a las siguientes indicaciones, estará debidamente cumplimentada en cada anexo y deberá incluir la documentación adicional que se solicite en ellos:
8.1.1. Anexo I: DATOS PERSONALES, FORMACIÓN Y TRAYECTORIA ARTÍSTICA DE LAS Y LOS PARTICIPANTES.
8.1.2. Anexo II: FICHA TÉCNICA, IMAGEN, O BOCETO DEL PROYECTO Y PROPÙESTA DE UBICACIÓN.
8.1.3. Anexo III: DECLARACIÓN DE AUTORÍA.
8.1.4. Anexo IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON LA AGENCIA TRIBUTARIA Y FRENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL Y NO ENCONTRARSE INCURSOS EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES PARA SER BENEFICIARIOS DE SUBVENCIONES PÚBLICAS, CONFORME ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 13.2 y 13.3. DE LA LEY GENERAL DE SUBVENCIONES.
9. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
9.1. Las solicitudes de participación en la convocatoria Premios de Arte Público Mislata 2018 se presentarán telemáticamente mediante el formulario envío al mail: biennal@mislata.es
9.2. Las solicitudes deberán de ir acompañadas de todos los documentos que se especifican en la base 8 de esta convocatoria.
9.3. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 28 de septiembre de 2018.
9.4. En caso que se demore la publicación, el plazo será de diez días hábiles desde la publicación en el BOP.

10. SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES
10.1. Transcurrido el plazo de una semana desde la fecha de remisión de la solicitud, se contactará con la persona inscrita para confirmar que la documentación ha sido descargada correctamente y que la inscripción se ha efectuado con éxito. En caso de no recibir notificación alguna, las/los interesadas/os deberán ponerse en contacto con la organización.
10.2. Revisadas las solicitudes, se notificará a las/los interesadas/os que no reúnan los requisitos exigidos o que no aporten la documentación necesaria que subsanen la falta, o acompañen los documentos preceptivos, en el plazo máximo de diez días, con la indicación de que, en caso de no hacerlo, se considerará como desistida su
petición de participar, de conformidad con el artículo 68 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del proceso administrativo común.

11. RESOLUCIÓN DE LA SELECCIÓN DE OBRAS Y DE CONCESIÓN DE LOS PREMIOS Y AYUDAS.
11.1. Para la preselección y valoración inicial de los proyectos presentados, el Ayuntamiento de Mislata ha nombrado a Alba Braza, profesional cualificada en el sector y responsable, a su vez, de las tareas de coordinación de la convocatoria.
Dicha profesional asumirá también el comisariado de la edición.
11.2. Se constituirá una comisión de evaluación encargada de la baremación de los proyectos presentados de acuerdo con los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, que emitirá la correspondiente acta de los 10 proyectos ganadores de los premios.
11.3. La resolución de los 10 proyectos ganadores se efectuará según lo dispuesto en el apartado 12.3. de las bases de esta convocatoria, a fin de que cada artista premiado proceda a la ejecución e instalación del proyecto, según lo dispuesto en estas bases.
11.4. Las y los artistas seleccionados deberán de rellenar un documento de aceptación del premio que les fuera concedido.

12.- ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN, RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DIFUSIÓN DEL VEREDICTO.
12.1. Para la valoración de las obras propuestas se nombrará una Comisión de Evaluación o jurado que estará compuesto por: tres personas invitadas y expertas en el ámbito del arte contemporáneo. Su nombramiento se hará público en la página web del Ayuntamiento de Mislata (www. mislata.es). Integrarán también esta Comisión de Evaluación Alba Braza (comisaria de la Biennal) y una/un representante del Ayuntamiento de Mislata, que tendrá voz, pero no voto. Actuará como instructor del procedimiento el técnico de cultura del Ayuntamiento de Mislata.
12.2. El Jurado actuará como órgano colegiado a los efectos de elaborar el informe final de valoración correspondiente y la correspondiente acta de selección de proyectos.. En base al veredicto, el órgano instructor formulará el informe técnico para la resolución. La propuesta de resolución será elevada al órgano municipal competente, que será quien resuelva el procedimiento. Dicha resolución será inapelable.
12.3. La propuesta de resolución referida a los premios y selección de obras se difundirá mediante la publicación en la página web del Ayuntamiento: www.mislata.es y mediante un correo electrónico a los y las artistas seleccionados.
12.4. La comisión evaluadora estará facultada para resolver cualquier cuestión no prevista en estas bases. Su decisión será inapelable.

13.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OBRAS.
Considerando que la puntuación máxima a otorgar a cada propuesta será de 10
puntos, se establece el siguiente baremo para la selección de las propuestas
finalistas:
• Currículum Vitae del o de la solicitante (Anexo I). Máximo: 1 punto
• Calidad artística de la obra y claridad de su explicación en el dossier presentado (Anexo II). Máximo: 3 puntos .
• Viabilidad y adecuación de la propuesta al espacio público seleccionado, así como a los tiempos y medios de producción. (Anexo II) Máximo 3 puntos.
• Adecuación de la propuesta a la convocatoria (Anexo II). Máximo: 3 puntos.

14. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
14.1. Cada premio se considerará definitivamente adjudicado cuando el Ayuntamiento de Mislata reciba la aceptación escrita por parte de la ganadora o ganador. En caso de no ser así se perderá la condición de premiado/a o de artista seleccionado/a.
14.2. Las y los premiadas/os o seleccionadas/os adquirirán el compromiso de cumplir con los plazos establecidos en los apartados 16.1, 16.2 y 19 de estas bases.

15. SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DEL PREMIO
El incumplimiento por parte de los premiados de las obligaciones expresadas en el apartado anterior de la presente convocatoria que hagan inviable el proyecto, permitirá que los premios y ayudas puedan ser revocados previo informe motivado de los responsables del proyecto y previo al trámite de audiencia del interesado, reintegrándose las cantidades que se hubieran percibido.

16.- INAUGURACIÓN DE LA EXPOSICIÓN DE LAS OBRAS SELECCIONADAS Y PREMIADAS.
16.1. El montaje e instalación de los proyectos premiados será coordinado y supervisado por la comisaria de la convocatoria y tendrá lugar a lo largo de la semana de la inauguración.
16.2. La inauguración de la exposición está prevista para el día 30 de noviembre de 2018 y su clausura para el día 13 de enero de 2019.

17.- PUBLICACIÓN DE CATÁLOGO
17.1. Para mayor difusión de la convocatoria, el Ayuntamiento de Mislata editará un catálogo con las obras premiadas y seleccionadas que se editará y presentará durante el año 2019.
17.2. El Ayuntamiento de Mislata se reserva los derechos de publicación y reproducción de los materiales gráficos que se deriven de la exhibición de los trabajos premiados o seleccionados en todos aquellos soportes elegidos para promocionar la difusión de la Biennal de Mislata Miquel Navarro en cualquiera de sus ediciones.

18. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
18.1. El hecho de concursar supone la total aceptación de las presentes bases, quedando el Ayuntamiento de Mislata para dirimir cualquier eventualidad no prevista en ellas.
18.2. En caso de incumplimiento de este compromiso, por razones de causa mayor, será potestad del Ayuntamiento de Mislata tomar la decisión que estime conveniente al respecto. Su decisión será inapelable.

19. DESMONTAJE DE LAS OBRAS SELECCIONADAS.
Las obras seleccionadas deberán ser retiradas o desmontadas por sus autores durante un período máximo de 5 días a partir de la fecha de clausura de la exposición.

20.- PRERROGATIVAS
20.1. El Ayuntamiento de Mislata podrá solicitar información sobre la obra durante su fase de ejecución.
20.2. El Ayuntamiento de Mislata se reserva el derecho a prorrogar el periodo de exhibición de las obras premiadas.
20.3. El Ayuntamiento de Mislata no se responsabiliza de los daños que pudiera sufrir cualquiera de los proyectos ejecutados durante el período de exhibición.
20.4.. El Ayuntamiento de Mislata se reserva la posibilidad de suspender la convocatoria siempre que existan causas mayores.

21. PROTECCIÓN DE DATOS
En virtud de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos, le informamos que los datos de carácter personal facilitados por los participantes serán
incorporados a un fichero. Para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, podrán dirigirse por escrito al registro general del Ayuntamiento de Mislata (Ayuntamiento de Mislata, avenida Gregorio Gea, 34, 46920, Mislata, (Valencia).

INFORMACIÓN CENTRO CULTURAL DE MISLATA
Tel. 673379609 (de 8.30h a 14.30h)

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